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Descargue gratis: El Libro sagrado de la Iglesia de la Orden Magna Universal
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Entidad
privada de derecho civil, sin ánimo de lucro, de interés colectivo
para la renovación social y política de Colombia, con carácter
permanente, creado al amparo de la Constitución Política de
Colombia,
artículo
38 y
artículo 103: Donde
nos garantizan
el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas
actividades que las personas realizan en sociedad. El
artículo 103
y la ley 850
de 2003
18
noviembre
artículo segundo,
nos
otorga la facultad a los ciudadanos Colombianos
de
constituirnos
en una veeduría
ciudadana y
junta de vigilancia,
organización
cívica de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su
autonomía con el objeto de crear
un
mecanismo
democrático de participación ciudadana,
concertación, para
el
control y vigilancia de la gestión pública, con
el fin de vigilar la gestión pública que
lucha para acentuar el proceso en la profundización de las
movilizaciones y luchas Sociales que no debe limitarse simplemente al
análisis, sino además hacer énfasis sobre el modo de fortalecer el
cambio de aptitudes frente a la crisis social y su evolución.
Objetivos:
Primero.
-Somos una veeduría
ciudadana y
junta de vigilancia, siendo
la
Corporación
“ Poder Progresista”
una agrupación social, sin
ánimo de lucro,
Segundo.-
Promovemos
el desarrollo, la protección, defensa y promoción de la
integralidad de los derechos Humanos promulgados por las Naciones
Unidas siendo:
El
derecho a la
vida. A la integridad personal -física, psíquica y moral. A la
libertad personal. A peticionar ante las autoridades. A la libertad
de expresión. A la protección de la libertad de conciencia y de
religión. A reunirse libremente y a asociarse. A la identidad y la
nacionalidad. A la propiedad privada. A circular y a residir en el
territorio de un Estado. A un juicio justo en un plazo razonable
ante un tribunal objetivo, independiente e imparcial y a la doble
instancia judicial. A la presunción de inocencia. A la defensa. A
no ser discriminado. A trabajar. A la salud. A la cultura. A la
protección y asistencia familiar. A la asistencia de niños y
adolescentes. A recibir protección y asistencia durante el embarazo
y parto. A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas. A la
educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza. A
un medio ambiente sano y equilibrado. A la auto-determinación
de los pueblos. A la protección de su salud, seguridad e intereses
económicos y a una información adecuada y veraz en relación al
consumo y uso de bienes y servicios. A vivir en paz. Al desarrollo
humano económico y social sostenible. , búsqueda de una solución
política negociada al conflicto interno, social y armado en Colombia
y la búsqueda de la paz,
Para lo
cual debe registrar,
sistematizar analizar y difundir la información referente a la
violación de los derechos humanos. Brindar acompañamiento a
familiares y víctimas de las violaciones. Propiciar la intervención
de la Comunidad Internacional en la acción por la vigencia de la
integralidad de los derechos humanos en el país. Promover la
participación organizada de la ciudadanía para el ejercicio y
defensa de los derechos humanos y la paz. Impulsar el diálogo y
negociación para superar el conflicto interno social y armado en
Colombia y para la construcción de la paz con justicia social.
Auxiliar y
prestación de servicios jurídicos de personas agredidas en su
integridad social y la violación de los derechos humanos.
Tercero.-
Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la
gestión pública y la contratación estatal;
Cuarto.- Fortalecer los
procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de
decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen y en el
seguimiento y control de los proyectos de inversión;
Quinto.- Apoyar las labores
de las personerías municipales en la promoción y fortalecimiento de
los procesos de participación ciudadana y comunitaria;
Sexto.-Velar por los
intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción
pública;
Séptimo.- Propender por el
cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función
pública;
Octavo.- Entablar una
relación constante entre los particulares y la administración por
ser este un elemento esencial para evitar los abusos de poder y la
parcialización excluyente de los gobernantes;
Noveno.-
Democratizar la administración pública;
Décimo.-
Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana de iniciativa
popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas son
los mecanismos de participación ciudadana que regula la iniciativa
popular legislativa y normativa; el referendo; la consulta popular,
del orden nacional, departamental, distrital, municipal y local; la
revocatoria del mandato; el plebiscito y el cabildo abierto. La
iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones
públicas es el derecho político de un grupo de ciudadanos de
presentar Proyecto de Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de
la República.
Décimo
Primero.-Su labor
social participativa en la gestión humanitaria, su integración
política-social hacia la renovación de los principios filosóficos
y reconstructivo de la comunidad en su actuación como su labor de
ser una ONG.
Promover un REFERENDO
CONSTITUCIONAL
Actividades complementarias. Para
el cumplimiento de su objeto social la Corporación “Partido socialdemócrata progresista” cuya
sigla es
“PSP”.,
desarrollará las las siguientes actividades complementarias:
Primero:
Promover un REFERENDO
CONSTITUCIONAL para
LA TRANSPARENCIA CONSTITUCIONAL que
abarque los siguientes puntos:
Primero
A- elección popular de: - Magistrados de altas cortes como son
la Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo
Superior de la Judicatura, Concejo Nacional Electoral; Fiscal
General de la Nación; Defensor del Pueblo; Contralor General de
República; Registrador Nacional del Estado Civil. Los candidatos
para los cargos anteriores, serán nominados por grupos colegiados de
abogados y no de partidos políticos, los candidatos a la Contraloría
General de la Nación serán nominados por las organizaciones de los
Contadores y no de partidos políticos.
Primero
B- La no reelección de Presidente, Senadores, Representantes a
la Cámara, Gobernadores, Diputados de Asambleas Departamentales,
Alcaldes, Concejales y Ediles, incluidos los funcionarios que se
mencionan en los nuevos cargos de elección popular y promover la
revocatoria por incumplimiento a sus programas o funciones.
Primero
C- Elección popular de alcaldes menores en los
municipios donde funcionen.
Primero
D- unificación de periodos para todos estos funcionarios
a 5 años.
Primero
E- Reducción de
1/3 parte del numero de integrantes de: Senado, Cámara de
Representantes, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y
Distritales y las Junta Administradora Local.
Primero
F- La
revocatoria del
legislativo 01 del 2009 y todas las demás actos legislativos
contrarios al Artículo 40 Numeral 3.
Primero
G-
Que
la Reforma Constitucional únicamente pueda realizarse por la
convocatoria del elector primario mediante un Referendo Nacional.
Primero
H: La
creación del Estatuto de la oposición.
Segundo:
En cumplimiento de del artículo 3 de la
Ley 850 de 2003/Nov18 elegir veedores para la vigilancia de las
entidades públicas e inscribirlas en la
Cámara de Comercio.
Tercero:
Promover el Estatuto para la Oposición como
entidad privada de
derecho para ser una alternativa de poder, comprometida con el
Estado Social de Derecho, respetuosa de la diferencia, propositiva en
los temas de interés nacional, para el fortalecimiento y
profundización de la democracia y estimulante para las buenas
relaciones internacionales. El Estatuto para la oposición, debe
contener normas para que la oposición haga presencia permanente en
el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado
Civil, la financiación administrativa y de las campañas, la
presencia en la Comisión de Relaciones Internacionales, la Junta
Nacional de Televisión, la presencia en los organismos de control,
el derecho a réplica cada vez que el Presidente, los gobernadores o
alcaldes se refieran a temas de interés nacional o regional a través
de los medios de comunicación, entre otros. Contar con los medios
necesarios para crear sus propios medios de divulgación como son; la
Radio, Televisión, divulgación de Internet y Prensa Digital e
Impresa.
Cuarto:
Velar por el cumplimiento de las garantías democráticas y
sociales, denunciar la violación de las mismas ante autoridades
Nacionales y organismos internacionales.
Quinto:
Siendo una obligación hacer respetar los Derechos de las veedurías
otorgados por las normas legales entre las cuales encontramos:
a)
Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos, recursos
presupuestales asignados, metas físicas y financieras,
procedimientos técnicos y administrativos y los cronogramas de
ejecución previstos para los mismos desde el momento de su
iniciación;
b) Solicitar al funcionario de la
entidad pública o privada responsable del programa, contrato o
proyecto la adopción de los mecanismos correctivos y sancionatorios
del caso, cuando en su ejecución no cumpla con las especificaciones
correspondientes o se causen graves perjuicios a la comunidad;
c)
Obtener de los supervisores, interventores, contratistas y de las
entidades contratantes, la información que permita conocer los
criterios que sustentan la toma de decisiones relativas a la gestión
fiscal y administrativa;
La
información solicitada por las veedurías es de obligatoria
respuesta.
d)
Los demás que reconozca la Constitución y la ley.
Sexto:
Representar a los afiliados que
lo soliciten en los recursos o reclamaciones que presenten ante los
Tribunales. Asimismo, tomar la vocería de los afiliados en defensa
de sus intereses sociales y políticos ante cualquier entidad pública
o privada.
Séptimo:
Fomentar la conciencia democrática, social y la defensa de programas
para el bienestar de todos. Velar
por la pulcritud de las elecciones populares en ejercicio de los
derechos democráticos que se ejerzan en cualquier parte del
territorio nacional.
Octavo:
Defensa de la libertad de
prensa, salvaguardada por el Artículo 20 de la Constitución
Política de 1991. La que implica responsabilidades sociales, pues
aunque el periodista o los medios son libres para informar, están
obligados a hacerlo con transparencia, veracidad, imparcialidad y
conciencia del poder que tienen. Si no lo hacen así, están
obligados a rectificar toda noticia o información que haya faltado a
estos principios. La creación de medios de comunicación que
divulguen imparcialmente las actividades de los partidos políticos
de Izquierda.
Noveno:
Procurar el progreso intelectual en asuntos sociales y
políticos de los afiliados mediante cursos de capacitación,
conferencias, publicaciones periódicas y demás actividades de este
género.
Décimo:
Promover y realizar actividades necesarias para la defensa de los
derechos Humanos promulgados por las Naciones Unidas, en busca de
una participación ciudadana en una forma igualitaria, democrática y
libre de todos los Colombianos de tal forma que pueda promover y
realizar actividades necesarias para la creación del Partido Social
Colombiano PSC.
Décimo
Primero: El
estudio de la problemática social y política de Colombia en
cualquier ámbito, proponer a las autoridades que corresponda,
proyectos de modificaciones legales o reglamentarias y formular
recomendaciones para el mejoramiento social y político Colombiano.
Décimo
Segundo: Ser
promotores y autores de primera línea en el proceso la
paz; buscamos
la aplicación de una
justicia social, una igualdad democrática real; los derechos a la
verdad, a la justicia y a la reparación donde se respete los
derechos humanos; para
poder superar el conflicto armado y
lograr una paz duradera y sostenible siendo garantes de la misma.
Junta Directiva:
Presidente Renovación Política-Social
Colombiana PSC
Hermán Lozano (Educador)
Vicepresidente
Miguel Antonio Cano Morales
(Ex-magistrado)
Secretario General
Secretario General
Yances Oswaldo
Fiscal General
Ricardo León Guzmán (Promotor
Social)
Promotor para la legalización del
Partido Socialdemócrata Colombiano
Josué Linderman Franco Herrera
(Educador)
Promotor para las actividades sociales
y defensa de los derechos Humanos
Miguel Humberto Valencia
(Ingeniero)
Coordinadora para la reconciliación y
Paz
Helida Carreño de Gonzalez
(Relaciones Económicas Internacionales)
Coordinador Nacional
Luis Arturo Escobar Cetina
(Médico)
Coordinador Profesionales
Fernando A Duque Pulido (Médico)
Coordinador Medios
Yanith Rivera Fernández
Coordinador Veeduría Ciudadana
Rubeń Dario Doncel Macias
(Arquitecto)
Coordinador Gremios
Wilson Castañeda Alfonso
(Ingeniero)
