martes, 25 de febrero de 2014

Herman Lozano Director del Partido PODER PROGRESISTA PSP


 
"Partido  Poder Progresista" "PSP" es una corporación sin ánimo de lucro. Somos una Veeduría Ciudadana y Defensora de los derechos Humanos. 





Entidad privada de derecho civil, sin ánimo de lucro, de interés colectivo para la renovación social y política de Colombia, con carácter permanente, creado al amparo de la Constitución Política de Colombia, artículo 38 y artículo 103: Donde nos garantizan el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad. El artículo 103 y la ley 850 de 2003 18 noviembre artículo segundo, nos otorga la facultad a los ciudadanos Colombianos de constituirnos en una veeduría ciudadana y junta de vigilancia, organización cívica de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de crear un mecanismo democrático de participación ciudadana, concertación, para el control y vigilancia de la gestión pública, con el fin de vigilar la gestión pública que lucha para acentuar el proceso en la profundización de las movilizaciones y luchas Sociales que no debe limitarse simplemente al análisis, sino además hacer énfasis sobre el modo de fortalecer el cambio de aptitudes frente a la crisis social y su evolución.
 





Objetivos:

Primero. -Somos una  veeduría ciudadana y junta de vigilancia, siendo la Corporación “ Poder Progresista una agrupación social, sin ánimo de lucro,

Segundo.- Promovemos el desarrollo, la protección, defensa y promoción de la integralidad de los derechos Humanos promulgados por las Naciones Unidas siendo: El derecho a la vida. A la integridad personal -física, psíquica y moral. A la libertad personal. A peticionar ante las autoridades. A la libertad de expresión. A la protección de la libertad de conciencia y de religión. A reunirse libremente y a asociarse. A la identidad y la nacionalidad. A la propiedad privada. A circular y a residir en el territorio de un Estado. A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial. A la presunción de inocencia. A la defensa. A no ser discriminado. A trabajar. A la salud. A la cultura. A la protección y asistencia familiar. A la asistencia de niños y adolescentes. A recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto. A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas. A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza. A un medio ambiente sano y equilibrado. A la auto-determinación de los pueblos. A la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información adecuada y veraz en relación al consumo y uso de bienes y servicios. A vivir en paz. Al desarrollo humano económico y social sostenible. , búsqueda de una solución política negociada al conflicto interno, social y armado en Colombia y la búsqueda de la paz, Para lo cual debe registrar, sistematizar analizar y difundir la información referente a la violación de los derechos humanos. Brindar acompañamiento a familiares y víctimas de las violaciones. Propiciar la intervención de la Comunidad Internacional en la acción por la vigencia de la integralidad de los derechos humanos en el país. Promover la participación organizada de la ciudadanía para el ejercicio y defensa de los derechos humanos y la paz. Impulsar el diálogo y negociación para superar el conflicto interno social y armado en Colombia y para la construcción de la paz con justicia social. Auxiliar y prestación de servicios jurídicos de personas agredidas en su integridad social y la violación de los derechos humanos.

Tercero.- Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la gestión pública y la contratación estatal;
Cuarto.- Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión;
Quinto.- Apoyar las labores de las personerías municipales en la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y comunitaria;
Sexto.-Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pública;
Séptimo.- Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función pública;
Octavo.- Entablar una relación constante entre los particulares y la administración por ser este un elemento esencial para evitar los abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes;
Noveno.- Democratizar la administración pública;


Décimo.- Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana de iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas son los mecanismos de participación ciudadana que regula la iniciativa popular legislativa y normativa; el referendo; la consulta popular, del orden nacional, departamental, distrital, municipal y local; la revocatoria del mandato; el plebiscito y el cabildo abierto. La iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de la República.

Décimo Primero.-Su labor social participativa en la gestión humanitaria, su integración política-social hacia la renovación de los principios filosóficos y reconstructivo de la comunidad en su actuación como su labor de ser una ONG.

Promover un REFERENDO CONSTITUCIONAL 

Actividades complementarias. Para el cumplimiento de su objeto social la Corporación “Partido socialdemócrata progresistacuya sigla esPSP”., desarrollará las las siguientes actividades complementarias:
Primero: Promover un REFERENDO CONSTITUCIONAL para LA TRANSPARENCIA CONSTITUCIONAL que abarque los siguientes puntos:
Primero A- elección popular de: - Magistrados de altas cortes como son la Corte Suprema de Justicia, Corte Constitucional, Consejo Superior de la Judicatura, Concejo Nacional Electoral; Fiscal General de la Nación; Defensor del Pueblo; Contralor General de República; Registrador Nacional del Estado Civil. Los candidatos para los cargos anteriores, serán nominados por grupos colegiados de abogados y no de partidos políticos, los candidatos a la Contraloría General de la Nación serán nominados por las organizaciones de los Contadores y no de partidos políticos.
Primero B- La no reelección de Presidente, Senadores, Representantes a la Cámara, Gobernadores, Diputados de Asambleas Departamentales, Alcaldes, Concejales y Ediles, incluidos los funcionarios que se mencionan en los nuevos cargos de elección popular y promover la revocatoria por incumplimiento a sus programas o funciones.
Primero C- Elección popular de alcaldes menores en los municipios donde funcionen.
Primero D- unificación de periodos para todos estos funcionarios a 5 años.
Primero E- Reducción de 1/3 parte del numero de integrantes de: Senado, Cámara de Representantes, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales y las Junta Administradora Local.
Primero F- La revocatoria del legislativo 01 del 2009 y todas las demás actos legislativos contrarios al Artículo 40 Numeral 3.
Primero G- Que la Reforma Constitucional únicamente pueda realizarse por la convocatoria del elector primario mediante un Referendo Nacional.
Primero H: La creación del Estatuto de la oposición.
Segundo: En cumplimiento de del artículo 3 de la Ley 850 de 2003/Nov18 elegir veedores para la vigilancia de las entidades públicas e inscribirlas en la Cámara de Comercio.
Tercero: Promover el Estatuto para la Oposición como entidad privada de derecho para ser una alternativa de poder, comprometida con el Estado Social de Derecho, respetuosa de la diferencia, propositiva en los temas de interés nacional, para el fortalecimiento y profundización de la democracia y estimulante para las buenas relaciones internacionales. El Estatuto para la oposición, debe contener normas para que la oposición haga presencia permanente en el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, la financiación administrativa y de las campañas, la presencia en la Comisión de Relaciones Internacionales, la Junta Nacional de Televisión, la presencia en los organismos de control, el derecho a réplica cada vez que el Presidente, los gobernadores o alcaldes se refieran a temas de interés nacional o regional a través de los medios de comunicación, entre otros. Contar con los medios necesarios para crear sus propios medios de divulgación como son; la Radio, Televisión, divulgación de Internet y Prensa Digital e Impresa.

Cuarto: Velar por el cumplimiento de las garantías democráticas y sociales, denunciar la violación de las mismas ante autoridades Nacionales y organismos internacionales. 

Quinto: Siendo una obligación hacer respetar los Derechos de las veedurías otorgados por las normas legales entre las cuales encontramos:

a) Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos, recursos presupuestales asignados, metas físicas y financieras, procedimientos técnicos y administrativos y los cronogramas de ejecución previstos para los mismos desde el momento de su iniciación;

b) Solicitar al funcionario de la entidad pública o privada responsable del programa, contrato o proyecto la adopción de los mecanismos correctivos y sancionatorios del caso, cuando en su ejecución no cumpla con las especificaciones correspondientes o se causen graves perjuicios a la comunidad;

c) Obtener de los supervisores, interventores, contratistas y de las entidades contratantes, la información que permita conocer los criterios que sustentan la toma de decisiones relativas a la gestión fiscal y administrativa;

La información solicitada por las veedurías es de obligatoria respuesta.

d) Los demás que reconozca la Constitución y la ley.

Sexto: Representar a los afiliados que lo soliciten en los recursos o reclamaciones que presenten ante los Tribunales. Asimismo, tomar la vocería de los afiliados en defensa de sus intereses sociales y políticos ante cualquier entidad pública o privada.

Séptimo: Fomentar la conciencia democrática, social y la defensa de programas para el bienestar de todos. Velar por la pulcritud de las elecciones populares en ejercicio de los derechos democráticos que se ejerzan en cualquier parte del territorio nacional.

Octavo: Defensa de la libertad de prensa, salvaguardada por el Artículo 20 de la Constitución Política de 1991. La que implica responsabilidades sociales, pues aunque el periodista o los medios son libres para informar, están obligados a hacerlo con transparencia, veracidad, imparcialidad y conciencia del poder que tienen. Si no lo hacen así, están obligados a rectificar toda noticia o información que haya faltado a estos principios. La creación de medios de comunicación que divulguen imparcialmente las actividades de los partidos políticos de Izquierda.

Noveno: Procurar el progreso intelectual en asuntos sociales y políticos de los afiliados mediante cursos de capacitación, conferencias, publicaciones periódicas y demás actividades de este género.

Décimo: Promover y realizar actividades necesarias para la defensa de los derechos Humanos promulgados por las Naciones Unidas, en busca de una participación ciudadana en una forma igualitaria, democrática y libre de todos los Colombianos de tal forma que pueda promover y realizar actividades necesarias para la creación del Partido Social Colombiano PSC.

Décimo Primero: El estudio de la problemática social y política de Colombia en cualquier ámbito, proponer a las autoridades que corresponda, proyectos de modificaciones legales o reglamentarias y formular recomendaciones para el mejoramiento social y político Colombiano.

Décimo Segundo: Ser promotores y autores de primera línea en el proceso la paz; buscamos la aplicación de una justicia social, una igualdad democrática real; los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación donde se respete los derechos humanos; para poder superar el conflicto armado y lograr una paz duradera y sostenible siendo garantes de la misma.

 Junta Directiva:
Presidente Renovación Política-Social Colombiana PSC
Hermán Lozano (Educador)
Vicepresidente
Miguel Antonio Cano Morales (Ex-magistrado)

Secretario General
Yances Oswaldo

Fiscal General
Ricardo León Guzmán (Promotor Social)

Promotor para la legalización del Partido Socialdemócrata Colombiano
Josué Linderman Franco Herrera (Educador)
Promotor para las actividades sociales y defensa de los derechos Humanos
Miguel Humberto Valencia (Ingeniero)
Coordinadora para la reconciliación y Paz
Helida Carreño de Gonzalez (Relaciones Económicas Internacionales)

Coordinador Nacional
Luis Arturo Escobar Cetina (Médico)

Coordinador Profesionales
Fernando A Duque Pulido (Médico)

Coordinador Medios
Yanith Rivera Fernández

Coordinador Veeduría Ciudadana
Rubeń Dario Doncel Macias (Arquitecto)
Coordinador Gremios
Wilson Castañeda Alfonso (Ingeniero)